29 de marzo de 2016

Facilidades para concursados y fallidos. Norma complementaria

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3857

La AFIP establece normas complementarias al régimen especial de facilidades de pago para los contribuyentes y/o responsables en concurso preventivo o fallidos, dispuesto por la Resolución General N° 3.587.

El máximo de facilidades para responsables denunciados penalmente por las leyes 22.415, 23.771 o 24.769 o por delitos comunes que tengan conexión con el cumplimiento de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, será de 12 cuotas para los planes regulares o 12 meses para los planes irregulares.

La tasa de interés en esos casos será del 2,93% mensual, y en los demás casos del 2,03%.