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Impuesto a las Ganancias. Modifícase la ley N° 24.885.
Sancionada: Diciembre 9 de 1997.
Promulgada: Diciembre 29 de 1997.
B.O: 31/12/97
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso. etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1°- Modificase la Ley N° 24.885 de la siguiente forma:
Incorporase el siguiente artículo: "Las modificaciones introducidas por el artículo 1° del Capítulo I de la presente ley al artículo 88 de la Ley de Impuestos a las Ganancias, regirán a partir del 1° de enero de 1998".
(Ver R.G. 94/98)
ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
-REGISTRADA BAJO EL N° 24.917-
ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.
Decreto 1434/97
Bs. As., 29/12/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación N° 24.917
cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. -Roque B. Fernández.
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