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LEY 24.917

Impuesto a las Ganancias. Modifícase la ley N° 24.885.

Sancionada: Diciembre 9 de 1997.

Promulgada: Diciembre 29 de 1997.

B.O: 31/12/97

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso. etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°- Modificase la Ley N° 24.885 de la siguiente forma:

Incorporase el siguiente artículo: "Las modificaciones introducidas por el artículo 1° del Capítulo I de la presente ley al artículo 88 de la Ley de Impuestos a las Ganancias, regirán a partir del 1° de enero de 1998".

(Ver R.G. 94/98)

ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

-REGISTRADA BAJO EL N° 24.917-

ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

Decreto 1434/97

Bs. As., 29/12/97

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.917 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. -Roque B. Fernández.

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