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ANEXO V RESOLUCION GENERAL Nº 2437
REGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONAS FISICAS
A - CARACTERISTICAS Y FUNCIONES
La opción de utilización del servicio denominado "REGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONAS FISICAS" podrá ser ejercida por aquellos sujetos que hayan obtenido, en el curso del período fiscal que se declara:
1. Exclusivamente ganancias comprendidas en los incisos a), b), c) -excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas- y e) del Artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, o
2. ganancias comprendidas en los incisos a), b), c) -excepto las correspondientes a los consejeros de las sociedades cooperativas- y e) del Artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y otras rentas por las cuales el beneficiario haya adherido al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), o resulten exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.
Dicha opción no procederá cuando se trate de sujetos que sean titulares de bienes y/o deudas en el exterior.
La generación de la declaración jurada se efectuará en forma automática mediante un proceso computarizado que comprende desde el ingreso de datos hasta la presentación de la declaración jurada y generación del correspondiente formulario de declaración jurada.
La veracidad de los datos que se ingresen será responsabilidad del beneficiario de las ganancias.
El mencionado servicio informático estará disponible en el sitio "web" institucional (http:// www.afip.gov.ar) a partir del 30 de abril de 2008, inclusive.
B - ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO
I. Descripción general del sistema A través del servicio informático, el usuario puede: 1. Liquidar el impuesto.
2. Confeccionar una declaración jurada anual en su secuencia original y rectificativas.
3. Generar la declaración jurada en papel.
4. Presentar -en el mismo acto- la declaración jurada ante esta Administración Federal, luego de lo cual se recibirá la notificación del resultado de dicha presentación.
5. Consultar el ticket de presentación, cuando ésta haya sido aceptada. II. Requerimiento de hardware y software 1. PC con conexión a "Internet".
2. Instalación previa de un navegador "Internet Explorer" o "NetScape".
III. Metodología general para la confección de la declaración jurada
La confección del formulario de declaración jurada Nº 711 (Nuevo Modelo) se efectúa cubriendo cada uno de los campos identificados en las respectivas pantallas.
Se deberán considerar las instrucciones que el sistema brinda en la "Ayuda", a la que se accede desde la pantalla de presentación.
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