28 de julio de 2016

Reparación Histórica a Jubilados. Reglamentación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 894/2016

El Poder Ejecutivo reglamentó el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, establecido por la Ley 27.260.

Se establece que la ANSES habilitará una página web para que cada jubilado pueda informarse si está alcanzado por el programa y la propuesta de la ANSES, y habilitar a su abogado para que tome conocimiento de las condiciones del acuerdo. En su caso, los acuerdos transaccionales se instrumentarán electrónicamente a través del mismo sitio web, y la exteriorización de la voluntad de los beneficiarios y sus letrados se expresará con ingreso de la Clave de la Seguridad Social y la incorporación de la huella digital a través de un sistema de identificación biométrica. 

En los casos en que no se hayan iniciado juicios la ANSES se hará cargo de los honorarios de los abogados de los beneficiarios, que se establecen en una suma fija de $ 500.- por los trabajos profesionales desde el asesoramiento inicial hasta el cumplimiento del acuerdo.

Se fijarán procedimientos abraviados para beneficiarios mayores de 80 años o con enfermedades graves, cuando les corresponda un incremento del haber que no supere el 30% del haber mínimo garantizado y un haber reajustado inferior a 2,5 veces dicho haber mpinimo.

Los reajustes no afectarán el derecho a las tarifas sociales cuando el haber eajustado no exceda en más de un 25% el monto equivalente a dos veces el haber mínimo garantizado. Asimismo, los incrementos no afectarán el derecho a la devolución del IVA previsto por la Ley 27.253.
  
Por otras partes, se reglamentan aspectos de los acuerdos con las provincias para la armonizacón de los sistemas pevisionales, y la adecuación del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del SIPA.