31 de agosto de 2018

Remito Electrónico Cárnico. Modificaciones

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Resolución General (AFIP) 4303

La AFIP modificó la R.G. 4256, que establece el "Remito Electrónico Cárnico".

Se excluye de la obligación de emitir el REC en los traslados realizadas por los hipermercados y/o supermercados entre un centro de distribución y sus distintas bocas de expendio propias.

Se establece que el plazo de vigencia del REC será la establecida por la AFIP y publicada en su sito web.

La aplicación de la normativa sobre el Remito Electrónico Cárnico serán de aplicación a partir del 1/11/2018.

30 de agosto de 2018

Vencimientos

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Principales vencimientos del 03/09/18 al 07/09/18
CONCEPTO
03/09
04/09
05/09
06/09
07/09
Autónomos
Aportes Agosto
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9

29 de agosto de 2018

Régimen de información operaciones financieras

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Resolución General (AFIP) 4298

La AFIP reemplaza el texto del SITER -Sistema de Información de Transacciones Económicas Relevantes, a cargo de las Entidades Financieras- incorporando también obligaciones de información a cargo de los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores, las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, la Caja de Valores S.A., la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión

Aportes y contribuciones. Bases imponibles

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Resolución (ANSES) 128/18

La ANSES estableció los montos de las bases imponibles mínima y máxima para el cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social en las sumas de $ 3.004,25 y $ 97.637,14, respectivamente, a partir del período devengado septiembre de 2018.

28 de agosto de 2018

Documento de Tránsito Vegetal Electrónico

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Resolución General Conjunta (AFIP-SENASA) 4297

Por Resolución Conjunta, la AFIP y el SENASA implementan el Documento de Tránsito Vegetal Electrónico ("DTV-e") que reemplazará a los remitos, guías y documentos equivalentes para respaldar el tránsito de productos, subproductos y derivados de origen vegetal, excluidos los que deban ser amparados por Cartas de Porte.

La norma entrará en vigencia a los 120 días corridos contados a partir de su publicación. 

23 de agosto de 2018

Asignaciones Familiares

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Resolución (ANSES) 125/18

La ANSES fijó nuevos topes, rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales, con vigencia a partir de Septiembre.

Vencimientos

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Principales vencimientos del 27/08/18 al 31/08/18
CONCEPTO
27/08
28/08
29/08
30/08
31/08
IVA
D.J. Julio
8-9        
Información Compras y Ventas
D.J. Julio
8-9        
Regisro Operaciones Inmobiliarias
Información Julio
Todos        

21 de agosto de 2018

Bonos de Crédito Fiscal Educación Técnica

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Resolución General (AFIP) 4295

La AFIP reglamentó las condiciones y procedimientos para la aplicación al pago de obligaciones impositivas, de los Bonos de Crédito Fiscal emitidos bajo la modalidad de bono electrónico en el marco de la Ley 22.317 para los establecimientos industriales que tengan implementados cursos de educación técnica.

17 de agosto de 2018

Contribuciones patronales. Aclaraciones

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Decreto 759/2018

El Poder Ejecutivo aclara aspectos sobre las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 al Decreto 814/01. Recordamos que allí se estableció la unificación gradual de las alícuotas para el cálculo de las contribuciones patronales hasta llegar al 19.5%, así como la aplicación, también gradual, de un mínimo no imponible de $ 12.000.- actualizable.

Establece que la actualización del citado importe será determinada por la Secretaría de Seguridad Social para la determinación de las contribuciones patronales que se devenguen desde el 1° de enero de cada año, a partir de 2019.

A su vez, se faculta a la AFIP para establecer el modo de practicar la detracción del mínimo no imponible.

Cuando corresponda proporcionarla en función de los días trabajados se considerará que el mes es de 30 días; y cuando se trate de contratos de trabajo a tiempo parcial, la detracción será proporcional al tiempo trabajado no pudiendo superar el equivalente a los 2/3 del importe que corresponda a un trabajador de jornada completa.

Para determinar las contribuciones adicionales previstas en regímenes previsionales diferenciales o especiales no se considerará la detracción del mínimo no imponible.

La AFIP también deberá reglamentar la opción de los empleadores entre aplicar el mínimo no imponible o continuar con el beneficio de reducción de las contribuciones establecido por la Ley 26.940 de Promoción del Trabajo Registrado.

Por último el Decreto comentado establece que las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 al Decreto 814/01 son aplicables a los empleadores comprendidos en el régimen de sustitución de aportes y contribuciones emergentes de Convenios de Corresponsabilidad Gremial. Asimismo, el mínimo no imponible establecido será de aplicación al régimen de la industria de la construcción - Ley 22.250, excepto respecto de los aportes adicionales.

15 de agosto de 2018

Vencimientos

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Principales vencimientos del 20/08/18 al 24/08/18
CONCEPTO
20/08
21/08
22/08
23/08
24/08
IVA
D.J. Julio
  0-1 2-3 4-5 6-7
Información Compras y Ventas
D.J. Julio
  0-1 2-3 4-5 6-7
Monotributo
Pago Agosto
  Todos      
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Julio
  8-9      

14 de agosto de 2018

Capacidad Económica Financiera

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Resolución General (AFIP) 4294

La AFIP crea el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF) por el cual se caracterizará a los contribuyentes en función de su condición y actividad económica, patrimonial y financiera, de acuerdo con datos aportados por el propio contribuyente y/o por terceros.

La Capacidad Económica Financiera de cada contribuyente se calculará mensualmente y podrá ser considerada para evaluar el riesgo fiscal y su capacidad para realizar ciertos actos económicos y sus consecuencias tributarias, según lo determine en el futuro la AFIP.

La valoración asignada podrá ser consultada por el contribuyente con Clave Fiscal Nivel 3 en el Sistema Registral. Allí habrá opción para solicitar el reproceso de los datos cuando se presentan declaraciones juradas originales o rectificativas que no hayan sido tenidas en cuenta, así como para manifestar disconformidad.

Las disposiciones de la resolución comentada entrarán en vigencia a partir de 30 días hábiles siguientes al de su publicación.

13 de agosto de 2018

PYMES. Parámetros

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Resolución (SECPYME) 519/18

La SECPYME modificó la Resolución 340/17 incrementando los montos de ventas anuales tomados como parámetros para la categorización de Micro, pequeñas y medianas empresas.


9 de agosto de 2018

Vencimientos

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Principales vencimientos del 13/08/18 al 17/08/18
CONCEPTO
13/08
14/08
15/08
16/08
17/08
Empleadores
D.J. Julio
7-8-9        
SICORE
D.J. Julio
7-8-9        
Ganancias
D.J. Ejercicios Marzo/18
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancias
D.J. Ejercicios Marzo/18
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Marzo/18
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Marzo/18
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancias, Bienes Personales, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
Anticipos
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Autoimpresores
Información Julio
    Todos    
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Julio
    0-1-2 3-4-5 6-7

Salario Mínimo, Vital y Móvil

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNEPSMVM) 3/2018

Se fijan los valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil para los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo - Ley 20.744, de la Administración Pública Nacional y entidades y organismos del Estado Nacional.

- A partir del 1° de septiembre de 2018: $ 10.700,00 para trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa y $ 53,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

- A partir del 1° de diciembre de 2018: $ 11.300,00 mensuales y $ 56,50 por hora.

- A partir del 1° de marzo de 2019: $ 11.900,00 mensuales y $ 59,50 por hora.

- A partir del 1° de junio de 2019: $ 12.500,00 mensuales y $ 62,50 por hora.

6 de agosto de 2018

Asignaciones Familiares. Prórroga

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Decreto 723/2018

El Poder Ejecutivo suspendió por 30 días la aplicación de las modificaciones introducidas por el Dto. 802/2018 sobre las zonas diferenciales que regulan el pago de montos especiales de Asignaciones Familiares.

A su vez, autoriza a la ANSES a extender dicha suspensión por una vez por razones fundadas. 

3 de agosto de 2018

Controladores Fiscales

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Resolución General (AFIP) 4292

La AFIP modificó la R.G. 3561, referida al régimen de emisión de comprobantes mediante Controladores Fiscales.

Se adecua el texto a las modificaciones introducidas por la R.G. 4290 al régimen de facturación y se establece la generalización gradual de los equipos de nueva tecnología.

Los contribuyentes que inicien actividades y opten por la utilización de controladores fiscales, deberán utilizar equipos de nueva tecnología.

Los equipos de vieja tecnología podrán ser comercializados hasta el 31/3/2019 y podrán ser utilizados hasta el 31/1/2021. A partir del 1/2/2021 sólo podrán utilizarse equipos de nueva tecnología.

Régimen de Factura Electrónica

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4291

La AFIP sustituye la R.G. 2485 - Régimen de Factura Electrónica - por un nuevo texto actualizado.

Se adecua el texto en función de las nuevas disposiciones del régimen de facturación, introducidas por la R.G. 4290.

Entre las modificaciones se destaca que la solicitud de emisión de comprobantes mediante el aplicativo RECE v.4.0, que opera en el entorno SIAP podrá utilizarse hasta el 31/12/2018, y a partir del 1/1/2019 las autorizaciones podrán cursarse por WebService o por el servicio Comprobantes en Línea en sus versiones web y aplicación móvil, requiriéndose clave fiscal nivel 3 desde el 1/4/2019.

Régimen de Facturación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4290

La AFIP introduce importantes cambios en el Régimen de Facturación.

Los responsables inscriptos en IVA, los monotributistas (excepto monoributo social) y los sujetos exentos en IVA, quedarán obligados a utilizar controlador fiscal o factura electrónica por todas sus operaciones en el mercado interno, pudiendo optar por una de ambas modalidades, o ambas en forma conjunta.

Los comprobantes impresos según la R.G. 100 (imprentas o autoimpresores) quedarán limitados a monotributistas sociales, sujetos no alcanzados por IVA, y comprobantes de respaldo para casos excepcionales de inoperabilidad del sistema.

Las MiPyMES por las operaciones con empresas grandes u otra MiPyME adherida al régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, únicamente podrán emitir factura electrónica.

Quienes realicen actividades no incluidas en el Anexo de la norma comentada y opten por utilizar controlador fiscal, el mismo deberá ser de nueva tecnología.

Los contribuyentes que realicen venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos y/o materiales y productos de limpieza, que registren el el último año comercial operaciones por $ 50.000.000.- ó más, y que opten por utilizar controlador fiscal, deberán utilizar equipamiento de nueva tecnología desde el 1/4/2019.

Quienes realicen operaciones con consumidores finales por alguna de las actividades incluidas en el Anexo, y opten por utilizar factura electrónica mediante webservice quedan obligados a la emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de acuerdo a la R.G. 3685. 

Entre otras modificaciones, se destacan también la posibilidad de utilizar 5 dígitos para el código de punto de venta, y se eleva a $ 5.000.- el monto de operación con consumidores finales a partir del cual debe identificarse al comprador.

Las disposiciones comentadas entrarán en vigencia desde el 6/8/2018, excepto para los siguientes casos:

La obligación de emitir factura electrónica o controlador fiscal comenzará a regir para los monotributistas en forma progresiva según su categoría, entre el 6/8/2018 y el 1/4/2019, aunque para las operaciones con consumidores finales será de aplicación desde el 1/4/2019 para todas las categorías.

Para contribuyentes exentos de IVA tengan operaciones anuales por $ 1.000.000.- o más regirá desde el 1/11/2018; y para quienes tengan operaciones por menos de $ 1.000.000.- desde el 1/1/2019.

Por otra parte, para la utilización de los servicios “Administración de Puntos de Venta y Domicilios” y “Autorización de Impresión de Comprobantes”, se requerirá Clave Fiscal con Nivel 3 a partir del 1/4/2019.

Régimen especial de facilidades de pago

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4289

La AFIP estableció un régimen especial de facilidades de pago para la cancelación de obligaciones impositivas y de la seguridad social, incluidas retenciones y percepciones, vencidas hasta el 30/06/2018.

Comprende tres tipos de planes: uno para obligaciones de determinación anual, aportes del personal en relación de dependencia con destino al SIPA e INSSJP, y retenciones y percepciones impositivas; otro para obligaciones mensuales, contribuciones patronales, aportes de autónomos y monotributo; y otro para reformulación de planes de facilidades vigentes al 30/06/2018.

El pago a cuenta será del 5% ó el 10% según el perfil de riesgo del contribuyente, y se establecen tasas de financiamiento diferenciales para Micro y Pequeñas Empresas.

La adhesión al régimen podrá efectuarse entre el 6/8/2018 y el 31/10/2018.

1 de agosto de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 06/08/18 al 10/08/18
CONCEPTO
06/08
07/08
08/08
09/08
10/08
Autónomos
Aportes Julio
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Empleadores
D.J. Julio
      0-1-2-3 4-5-6
SICORE
D.J. Julio
      0-1-2-3 4-5-6