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La AFIP deroga a partir de la fecha el Régimen de Información para la Transferencia de Automotores y Motovehículos (Certificado "CETA").
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La AFIP deroga a partir de la fecha el Régimen de Información para la Transferencia de Automotores y Motovehículos (Certificado "CETA").
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Principales vencimientos del 22/04/24 al 26/04/24
CONCEPTO | 22/4 | 23/4 | 24/4 | 25/4 | 26/4 |
Información Compras y Ventas | 6/7 | 8/9 |
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Libro IVA Digital | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
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IVA | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
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SICORE / SIRE | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Monotributo | Todos |
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Registro de Operaciones Inmobiliarias |
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| Todos |
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La ANSES estableció que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 para el cálculo de los aportes y contribuciones quedan establecidas en $64.039,66 y $2.081.258,67, respectivamente, a partir del período devengado mayo de 2024.
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Principales vencimientos del 15/04/24 al 19/04/24
CONCEPTO | 15/4 | 16/4 | 17/4 | 18/4 | 19/4 |
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa | 7/8/9 |
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Ganancias | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Ganancias, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa, Ganancias PF, Bienes Personales | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Información Compras y Ventas |
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| 0/1 | 2/3 | 4/5 |
Libro IVA Digital |
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| 0/1 | 2/3 |
IVA |
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| 0/1 | 2/3 |
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral | 0/1/2 | 3/4/5 | 6/7 | 8/9 |
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La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, para el cálculo de los aportes y contribuciones, en las sumas de $57.688,19 y $1.874.838,91, respectivamente, a partir del período devengado abril de 2024.
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La AFIP incorpora el importe actualizado de la prima individual del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio, aplicable a partir del período devengado marzo de 2024, a la versión 46 del aplicativo SICOSS y al sistema Declaración en Lìnea.
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Se actualizan los parámetros para la categorización de las PYMES, con vigencia desde el 1 de abril de 2024.
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Prorrogan al 30 de abril de 2024 el plazo para repatriación de activos, que permite a los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales disminuir la alícuota aplicable a los bienes situados en el exterior.
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La AFIP prorrogó el plazo para la presentación del Formulario F.572-Web -SIRADIG - trabajador correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de abril de 2024.
También se prorroga el plazo para que los agentes de retención practiquen la liquidaciòn anual hasta el 31 de mayo de 2024. Si de la liquidación resultaran importes a retener o reintegrar, éstos se incluirán en el SICORE de mayo, informándolos como fecha de retención/reintegro 31 de mayo.
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La AFIP estableció las condiciones para la cancelación de las obligaciones correspondientes al componente impositivo del Monotributo categorías A, B, C y D, períodos septiembre 2023 a febrero 2024, beneficiados con la prórroga dispuesta por la R.G. 5411.
Los pagos deberán efectuarse mediante VEP generado desde el servicio Presentación de DDJJ y Pagos, o desde la CCMA, o desde el portal Monotributo. En el servicio Presentación de DDJJ y Pagos se utilizarán los códigos Impuesto-Concepto-Subconcepto 20-019-078.
Por otra parte, se establece que para gozar de beneficio de reintegro por débito automático respecto del período 2024, deberán haberse abonado con esa modalidad al menos 10 períodos mensuales.
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La AFIP exceptúa a las importaciones de una canasta de bienes de primera necesidad, de las percepciones de Ganancias (RG 2281) y de IVA (RG 2937) por un período de 120 días corridos.
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La AFIP emitió la versión 24 del aplicativo GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS, que será de aplicación para las declaraciones juradas que se presenten a partir del 6 de marzo.
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La AFIP estableció que los aportes de los trabajadores autónomos correspondientes a septiembre y octubre de 2023, cuyos vencimientos habían sido prorrogados a los días 5, 6 y 7 de marzo, podrán ingresarse hasta el 14 de marzo.
También hasta el 14 de marzo se considerarán ingresados en término los aportes correspondientes a enero de 2024.
Por otra parte dispone que a los efectos del reintegro para quienes ingresan los aportes por débito automático, se considerarán cumplidos los requisitos habiendo ingresado de esa forma 8 períodos respecto del año 2023, y 11 períodos respecto del año 2024.
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La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, para el cálculo de los aportes y contribuciones, en las sumas de $45.281,15 y $1.471.616,10, respectivamente, con vigencia a partir del período devengado Marzo de 2024.
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El Poder Ejecutivo modifica los topes de ingresos para percibir asignaciones familiares.
Se fija en $ 1.077.403.- el límite de ingresos de cada integrante del grupo familiar; y en el doble de dicha suma el límite para el grupo familiar.
El tope se actualizará por movilidad previsional, y el fijado ahora comprende la actualización que corresponda al mes de marzo, aunque será de aplicación para las asignaciones que se paguen a partir de febrero.
Por otra parte, se deroga el Art. 6 de la Ley 27.160, que establecía que un mismo titular no podría recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias.
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Se publican en la fecha los Decretos 170/2024, 171/2024 y 172/2024, que reglamentan la desregulación de las Obras Sociales, según lo dispuesto por el DNU 70/2023.
En lo que interesa específicamente a los trabajadores en relación de dependencia, se establece la libre elección entre obras sociales y entidades de medicina prepaga registradas. En el caso de las prepagas la afiliación será directa, sin intermediación de la obra social para derivación de aportes.
La libre elección podrá ejercerse desde el momento de comenzar un nuevo empleo, eliminando la obligaciòn de permanecer un año en la obra social de la actividad.
El cambio de obra social o prepaga podrá ejercerse una vez al año.
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Se fijaron nuevos montos del Mínimo, Vital y Móvil para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador.
- A partir del 1° de febrero de 2024: $180.000.- para los trabajadores mensualizados y $900,00.- por hora para los trabajadores jornalizados.
- A partir del 1° de marzo de 2024: $202.800.- para los trabajadores mensualizados y $1014,00.- por hora para los trabajadores jornalizados.
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La AFIP suspende hasta el 31 de julio de 2024 el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con Certificado MiPyME vigente al 31/1/2024; Pequeños contribuyentes caracterizados en el Sistema Registral con el código 547; y entidades sin fines de lucro.
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La AFIP modifica la R.G. 5321, que establece el régimen de facilidades permanente, reduciendo las tasas de interés de financiación para MiPyMES.
Las Micro y Pequeñas Empresas tendrán una tasa equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente; y las Medianas Empresas, el equivalente al 60%.
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La AFIP prorrogó hasta el 5 de febrero el plazo para la recategorización del Monotributo.
La cuota resultante de la recategorización será de aplicación para el período comprendido entre el 1 de febrero de 2024 y el 31 de julio de 2024.
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La AFIP dispuso que las obligaciones de los empleadores referidas a la presentación y pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones correspondientes al período devengado diciembre de 2023, se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta los días 11, 12 y 15 de enero, según el número de CUIT.