Resolución General (AFIP) 4566/2019

Procedimiento. Traslado de carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas. “Remito Electrónico Cárnico”. R.G. N° 4.256 y su modificatoria. Su modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2019

VISTO la Resolución General N° 4.256 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución general implementó el “Remito Electrónico Cárnico” como único documento válido para amparar el traslado automotor dentro del territorio de la República Argentina de carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas.

Que razones de administración tributaria tornan aconsejable modificar la fecha respecto de la cual resultará de aplicación obligatoria el uso de dicho documento.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 14 de la Resolución General N° 4.256 y su modificatoria, por el siguiente:

“ARTÍCULO 14.- Las disposiciones establecidas en la presente resultarán de aplicación a partir del día 1 de septiembre de 2019.”.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro German Cuccioli

Fecha de publicación 02/09/2019