DAE - Información Impositiva On-Line
El Poder Ejecutivo reglamenta las exenciones previstas en el Impuesto a las Ganancias para los intereses originados en los depósitos en instituciones financieras, en moneda nacional, con cláusula de ajuste y los intereses y rendimientos producto de la colocación de capital en instrumentos emitidos en moneda nacional destinados a fomentar la inversión productiva. Se amplía dicha franquicias a otros instrumentos financieros como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, estableciéndose los requisitos que deben cumplir los mismos a tales efectos. por su parte, también se excluyen del Impuesto sobre los Bienes Personales la tenencia de tales instrumentos financieros.