27 de abril de 2023

Beneficios fiscales por sequía. Reglamentación

DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5350

La AFIP reglamentó los beneficios fiscales establecidos por el Decreto 193/2023 para los contribuyentes cuya actividad principal sea la agrícola-ganadera y el inmueble en el que se desarrolle la misma se encuentre ubicado en una zona de emergencia y/o desastre agropecuario, declarada, homologada y vigente al 10 de abril de 2023 y las que se declaren y homologuen hasta el 31 de diciembre de 2023.

Las autoridades provinciales informarán a la AFIP los certificados de emergencia y/o desastre agropecuario emitidos, hasta el día martes siguiente a su emisión u homologación de la declaración.

Con la información remitida por la autoridad provincial los contribuyentes serán caracterizados de manera automática en el servicio con Clave Fiscal denominado "Sistema Registral" con los códigos que se indican en el micrositio denominado "Emergencia por Sequía".

Quienes no hayan sido caracterizados podrán solicitar la caracterización por el servicio "Presentaciones Digitales" adjuntando copia del certificado emitido por la autoridad competente.

En el Título II de la resolución comentada se establece el régimen especial de facilidades de pago previsto en el Art. 4 del Decreto 193/2023 para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de marzo de 2023. El acogimiento al régimen podrá realizarse a partir del 12 de mayo de 2023, hasta el 31 de marzo de 2024.

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