DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP modificó la R.G. 5211, que establece el régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias.
Se dispone que las personas jurídicas caracterizadas como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas liquidarán 10 anticipos del 10%.
Quedan comprendidas las empresas registradas en el Sistema Registral bajo las caracterizaciones 272, 274, 351 y 352; y que cuenten con el Certificado MiPyME vigente al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal al cual se imputarán los anticipos.
La medida será de aplicación para los ejercicios que inicien a partir de agosto de 2023. No obstante, la novedad estará disponible en el "Sistema de Cuentas Tributarias" a partir de noviembre de 2023.