30 de noviembre de 2022

Prórrogas de impuestos

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Ley 27702

Se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2027 los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales, sobre los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria y otras operatorias, el Monotributo y el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.

Se extiende por cinco ejercicios más la vigencia de la Contribución para el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

Se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2027 diversas asignaciones específicas de impuestos nacionales coparticipables.

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29 de noviembre de 2022

Salario Mínimo, Vital y Móvil

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Resolución 15/2022

Fijan nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil:

- A partir del 1° de Diciembre de 2022: $61.953.- mensuales y $309,77.- por hora.
- A partir del 1° de Enero de 2023: $65.427.- mensuales y $327,14 por hora.
- A partir del 1° de Febrero de 2023: $67.743.- mensuales y $338,72 por hora.
- A partir del 1° de Marzo 2023: $69.500.- mensuales y $347,50 por hora.

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24 de noviembre de 2022

Asociaciones Civiles Categoría I

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Resolución Conjunta 5289

La AFIP y la IGJ establecen un procedimiento simplificado para las Asociaciones Civiles Categoría I, en materia de obligaciones contables y tramitación del certificado de exención del impuesto a las ganancias.

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22 de noviembre de 2022

Aportes y contribuciones. Base imponible

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Resolución 260/2022

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en $ 16.881,84 y $ 548.651,90, respectivamente, a partir del período devengado diciembre de 2022.

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Feriados turísticos 2023

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Decreto 764/2022

El P.E.N., de acuerdo a las facultades que le concede la Ley 27.399, estableció los días feriados con fines turísticos para el año 2023:

- 26 de mayo
- 19 de junio
- 13 de octubre

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11 de noviembre de 2022

Regímenes de información Fideicomisos y Participaciones Societarias

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Resolución General 5285

La AFIP modifica las Resoluciones Generales 3312 (Información Fideicomisos) y 4697 (Información Participaciones Societarias) adecuando sus textos en razón de haberse reglamentado por separado las obligaciones correspondientes al "Registro de Entidades Pasivas del Exterior".

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Registro de entidades pasivas del exterior

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Resolución General 5284

La AFIP unificó en un nuevo texto normativo la reglamentación del "Registro de Entidades Pasivas del Exterior", cuya creación fue dispuesta por el Art. 90 de la Ley 27.260.

Estarán obligados por este régimen de información los contribuyentes que sean titulares de más del 50% de las acciones o participaciones del capital, los directores, gerentes, apoderados, miembros de los órganos de fiscalización o quienes desempeñen cargos similares en sociedades, fideicomisos, fundaciones o cualquier otro ente del exterior que obtenga una renta pasiva superior al 50% de sus ingresos brutos durante el año calendario.

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Retención Ganancias. Guardias médicas

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Resolución General 5283

La AFIP modifica la R.G. 4003, que establece el régimen de retenciones del Impuesto a las Ganancias al personal en relación de dependencia.

Incorpora como conceptos no integrantes de la base de cálculo de la retención a los pagos de remuneraciones en concepto de guardias obligatorias, activas o pasivas, a los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública, cuando la prestación del servicio se realice en un centro público de salud ubicado en zonas sanitarias desfavorables así declaradas por la autoridad sanitaria nacional, a propuesta de las autoridades sanitarias provinciales, de conformidad a la exenciòn prevista por el Art. 27 de la ley del impuesto.

Los empleadores que hubieran efectuado retenciones sobre tales conceptos exentos, deberán reintegrar los importes retenidos.

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9 de noviembre de 2022

Ganancias Personas Jurídicas. Nueva versión del aplicativo

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Resolución General 5281

La AFIP aprobó la Versión 21.0 del programa aplicativo Ganancias Personas Jurídicas, que deberá utilizarse para la presentación de las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten desde el día 10/11/2022.

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7 de noviembre de 2022

Ganancias. Relación de dependencia. Retenciones

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Resolución General 5280

La AFIP reglamentó la aplicación del Decreto 714/2022, que incrementó los mínimos no sujetos a las retenciones del Impuesto a las Ganancias al personal en relación de dependencia.

Establece que en los haberes devengados a partir del 1° de noviembre no corresponderá retención cuando las remuneraciones y/o haberes brutos no superen los $330.000.-, en tanto a los que superen ese monto hasta $431.988.- se les aplicará la deducción especial incrementada según la escala publicada como anexo de la resolución. En ambos casos se considerarán las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales del mes que se liquida, o el promedio entre noviembre y el mes que se liquida, lo que sea menor.

En cuanto a la segunda cuota del SAC 2022 establece que estará exenta si el promedio de la remuneración y/o haber bruto mensual del segundo semestre no supera la suma de $330.000.-

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1 de noviembre de 2022

Facilidades de pago. Prórrogas

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Resolución General 5279

La AFIP extendió hasta el 30 de noviembre las condiciones especiales para acceder al miniplan de facilidades de pago de Ganancias y/o Bienes Personales, establecido por la R.G. 4057, en las condiciones especiales previstas por la R.G. 4959, consistentes en un un plan de 25% de anticipo más tres cuotas y la no consideraciòn del perfil de riesgo (excepto categorìa E).

También extendió hasta el 30 de noviembre las condiciones más favorables en cuanto a cantidad de cuotas y tasa de interés en el régimen de facilidades de pago permanente establecido por la R.G. 4268.

Por otra parte, se formulan adecuaciones al procedimiento para rehabilitar cuotas impagas mediante VEP, y se establece que cuando las cuotas de los planes de facilidades de pago sean de $100.000.000 o más, los pagos deberán hacerse por VEP.

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Información de planificaciones fiscales. Suspensión

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Resolución General 5278

La AFIP suspendió por un plazo de 60 días corridos, contados a partir del 31 de octubre de 2022, la aplicación del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales establecido por la R.G. 4838.

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28 de octubre de 2022

Ganancias. Relación de dependencia. Elevan el monto exento

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Decreto 714/2022

Se eleva el piso para el pago del Impuesto a las Ganancias para el personal en relación de dependencia, con aplicación a partir de los haberes devengados desde el 1 de noviembre.

No pagarán el impuesto los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma $330.000.- mensuales, a cuyo efecto en esos casos se deberá incrementar la deducción especial de modo tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.

La AFIP establecerá una deducción adicional progresiva para quienes tengan una remuneración y/o haber bruto mensual superior a $330.000.- y que no exceda $431.988.-

Por su parte, el Sueldo Anual Complementario estará exento para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma de $330.000.- mensuales.

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25 de octubre de 2022

Sistema Integral de Recupero. Prórroga

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Resolución General 5276

La AFIP prorrogó hasta el 3 de abril de 2023 la incorporación del régimen de reintegro del IVA atribuible a las operaciones de exportación y asimilables, al servicio "SIR - Sistema Integral de Recupero" establecido por la R.G. 5173.

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13 de octubre de 2022

Nuevas medidas sobre operaciones en moneda extranjera

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Decreto 682/2022
Resolución General 5272

El Poder Ejecutivo, por Decreto de Necesidad y Urgencia, extendió la aplicación del "Impuesto PAIS" (30%) a las operaciones de compra de moneda extranjera para el pago de servicios personales, culturales y recreativos y la importación de los bienes suntuarios que se detallan en el Anexo del decreto.

Por su parte, la AFIP estableció una nueva percepción del 25% sobre los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito y débito para pasajes al exterior y paquetes turísticos, que superen los u$s 300 mensuales por sujeto. Esta percepción del 25% se suma a las ya vigentes del 30% de Impuesto PAIS y del 45% de Ganancias/Bienes Personales. Se mantienen sin cambios los consumos de hasta u$s 300 mensuales, con el 30% y el 45%.

En las operaciones para el pago de servicios personales, culturales y recreativos y la importación de los bienes suntuarios, se imponen también las percepciones del 30%, 45% y 25%.

Las personas humanas y las sucesiones indivisas tomarán la nueva percepción del 25% como pago a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales, y si no son sujetos de dicho impuesto podrán solicitar su devolución. Los demás sujetos podrán tomarla como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Las novedades comentadas rigen desde el día de la fecha.

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12 de octubre de 2022

Registro de empresas que desarrollan modalidad de teletrabajo

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Resolución 1921/2022

La Secretaría de Trabajo crea el "Registro de Empresas que Desarrollan la Modalidad de Teletrabajo", delegando en la Dirección Nacional de Nuevas Formas de Trabajo la instrumentación, administración y control del mismo.

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3 de octubre de 2022

Puente al Empleo. Normas complementarias

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Resolución General Conjunta 5267

La AFIP y el Ministerio de Trabajo establecen las condiciones para la implementación de la reducción de contribuciones patronales dispuesta por el Programa Puente al Empleo, Decreto 551/22.

Los empleadores podrán acceder a la reducción del 100% de las contribuciones patronales al SIPA, al INSSJYP, al FNE y al RNAF, por los primeros 12 meses desde el inicio de las nuevas relaciones laborales comprendidas en el programa, que se inicien a partir del 1º de octubre de 2022 y durante los 24 meses siguientes.

A los efectos de determinar que las nuevas contrataciones impliquen un incremento de la nómina, se tomará el promedio de los trabajadores declarados durante el año 2021 considerando las modalidades de contratación que se detallan en el Art. 7 de la norma, y los cálculos previstos en el Anexo.

No podrán acceder al régimen los empleadores incorporados en el "Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales" y quienes incurran en prácticas de uso abusivo del beneficio.

Los empleadores que hayan producido despidos sin justa causa o por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, no podrán incluir en el beneficio trabajadores contratados dentro de los 12 meses posteriores.

Se excluye al personal agrario temporario o permanente discontinuo contratado por el régimen previsto en el Decreto 514/21; y las contrataciones comprendidas en el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda establecido por la Ley 27.613.

No procederá el beneficio respecto de trabajadores que cuenten con un trabajo registrado en relación de dependencia ni los que sean reincorporados por el mismo empleador dentro de los 12 meses posteriores a su desvinculación.

El Ministerio de Trabajo informará a la AFIP las empresas que hayan solicitado la adhesión al Programa en el "Portal Empleo" y que reúnan las condiciones para acceder al beneficio, así como las fechas de inicio y fin del beneficio de reducción de contribuciones patronales. La AFIP, por su parte, procederá a caracterizar a los empleadores con el código "543 – Decreto N° 551/22 Puente al empleo" en el servicio con Clave Fiscal denominado "Sistema Registral".

Finalmente, la norma detalla en su Art. 6 los nuevos códigos de modalidad de contratación para identificar al personal alcanzado por la reducción de contribuciones patronales.

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30 de septiembre de 2022

Datos Biométricos

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Resolución General 5266

La AFIP implementó en la aplicación móvil "Mi AFIP" la opción "Datos Biométricos" con la que los contribuyentes podrán validar su identidad mediante reconocimiento facial, sin la necesidad de concurrir personalmente a las dependencias de la AFIP.

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Facilidades de pago

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Resolución General 5265

La AFIP extendió hasta el 31 de octubre las condiciones especiales para acceder al miniplan de facilidades de pago de Ganancias y/o Bienes Personales, establecido por la R.G. 4057, en las condiciones especiales previstas por la R.G. 4959, consistentes en un un plan de 25% de anticipo más tres cuotas y la no consideraciòn del perfil de riesgo (excepto categorìa E).

También extendió hasta el 31 de octubre las condiciones más favorables en cuanto a cantidad de cuotas y tasa de interés en el régimen de facilidades de pago permanente establecido por la R.G. 4268.

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28 de septiembre de 2022

Puente al Empleo. Reglamentación

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Resolución Conjunta 4/2022

Los Ministerios de Trabajo, Economía y Desarrollo Social definieron aspectos de la aplicación del Programa "PUENTE AL EMPLEO" creado por el Decreto Nº 551/22.

Se detallan en el Anexo de la norma los programas sociales, educativos y de empleo incluidos en el programa.

Se definen las modalidades de contratación laboral comprendidas en el programa y las condiciones de los beneficios en cada una de ellas:

En los contratos a tiempo parcial lo beneficios se reducirán a la mitad;
En los contratos a plazo fijo se otorgarán por un término máximo de 6 meses;
En los contratos de trabajo a temporada se otorgarán en el primer ciclo y por un máximo de 6 meses;
En los contratos de trabajo agrario temporarios y permanente de prestación discontínua, se otorgarán durante el primer ciclo o temporada.

Para determinar el incremento neto de la nómina de personal se considerará como base el promedio de dependientes declarados durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2021.

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