DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 3756
La AFIP establece un régimen de facilidades de pago para obligaciones impositivas y de la seguridad social, incluidos intereses, actualizaciones y multas, cuyos vencimientos hubieran operado hasta el 28 de febrero de 2015.
Las solicitudes de adhesión podrán formularse hasta el 31 de mayo de 2015.
Se excluyen del régimen, entre otros conceptos, las retenciones y percepciones, aportes y contribuciones para obras sociales, cuotas de ART, contribuciones al RENATEA, régimen especial para trabajadores de casas particulares.
La cancelación de la deuda podrá hacerse con un anticipo del 7% y el saldo hasta 120 cuotas con un interés del 1,90% mensual.
Quienes adhieran al plan deberán mantener sin disminuciones durante toda la vigencia del plan de pagos la cantidad de personal declarada en diciembre de 2014.
También es requisito para la adhesión al régimen el cumplimiento de pago y presentación de declaraciones juradas de las obligaciones con vencimiento desde el 28 de febrero de 2015 y durante todo el período del plan de pagos.