1 de noviembre de 2016

Factura Electrónica. Sujetos exentos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3950

La AFIP modificó el Título III de la R.G. 3749. Recordamos que la citada Resolucón generalizó la obligación de emisión de factura electrónica a todos los responsables inscriptos en IVA y en su Título III extendió la obligación a determinados sujetos sin distinción de su condición frente al IVA.

Con la modificación introducida, se reduce la obligación de emitir factura electrónica sin distinción de su condición frente al IVA a los siguientes sujetos, y sólo por las operaciones indicadas:
1) Prestadores de servicios de medicina prepaga por los planes cuyo valor mensual supere los $ 5.000.-
2) Establecimientos de educación pública de gestión privada por las cuotas de monto mensual igualo superior a $ 5.000.-
3) Locación temporaria de inmuebles con fines turísticos

Por otra parte, se dejan sin efecto los regímenes informativos de las Resoluciones Generales 3270, 3368 y el Título I de la Resolución General 3687.