14 de diciembre de 2017

Comercio de granos. Regímenes de información. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución Conjunta General (MA-AFIP) 4167-E

La AFIP deja sin efecto desde el 1 de febrero de 2018 el régimen de información sobre los formularios de liquidaciones de granos y cartas de porte (Movimiento de Granos) establecido por la Resolución Conjunta (ex-ONCCA) 4956 y (AFIP) 2324, norma que quedará derogada desde la fecha indicada.

Establece que la obligación de informar prevista por el Art. 3 de la Resolución Conjunta (ex-SAGPyA) 456 y (AFIP) 1593 quedará cumplida con la sola emisión de los correspondientes comprobantes electrónicos: "Certificación Primaria de Depósito de Granos", "Liquidación Primaria de Granos", "Certificación Primaria de Retiro de Granos", "Certificación Primaria de Transferencia de Granos" y "Carta de Porte".

Por otra parte, con relación a la información de movimientos y existencias de granos previsto por la R.G. 3593 se establece que deberá llevarse un "Registro Sistémico de Movimientos y Existencias de Granos" por cada planta inscripta en el RUCA, independientemente que ellas sean operadas por la misma persona humana o jurídica.