24 de diciembre de 2020

Trabajo. Cuidado del niño, niña o adolescente

DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución (MT) 1103/2020

El Ministerio de Trabajo suspende la aplicación del Art. 3 de la Resolución 207/2020, desde el 1 de enero y mientras se extienda el receso escolar de verano en cada jurisdicción.

Recordamos que la norma cuya aplicación se suspende establece que se considerará justificada la inasistencia a su lugar de trabajo del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, mientras dure la suspensión de clases por la situación sanitaria.  

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