8 de julio de 2021

Promoción del empleo para travestis, transexuales y transgénero

DAE - Información Impositiva On-Line

Ley 27.636

Se establece un régimen de promoción para el acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y trangénero.

Los beneficios alcanzan a quienes manifiesten que se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer, hayan o no accedido al cambio registral previsto en el artículo 3º de la ley 26.743, de identidad de género.

La ley establece un cupo de inclusión laboral en el Estado Nacional.

Con respecto al sector privado se establece que podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales las contribuciones patronales que se generen por la contratación de las personas beneficiarias de este régimen, correspondientes a los 12 meses corridos desde la celebración del contrato de trabajo; plazo que se extenderá a 24 meses en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas.
El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley en un plazo que no podrá exceder los 60 días hábiles contados a partir de su sanción.


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