DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 1067/2018
El Poder Ejecutivo establece que los sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería podrán aplicar en forma plena la detracción de $ 12.000.- de la base imponible para el cálculo de las contribuciones patronales, prevista en el Art. 4 del Dto. 814/2001, modificado por el Art. 167 de la Ley 27.430.
La medida comprende a los empleadores que desarrollen como actividad principal declarada ante la AFIP alguna de las indicadas en el anexo, y será de aplicación respecto de los trabajadores que realicen tareas vinculadas a dichas actividades. El Ministerio de Producción y Trabajo establecerá las formas y condiciones en que los empleadores deberán acreditar la cantidad de trabajadores afectados a dichas tareas a los efectos de gozar del beneficio.
La norma surtirá efectos para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del día 1 de noviembre de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019.