DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 3858
Reducen transitoriamente la alícuota de retención del IVA para la compraventa de leche fluida sin procesar de ganado bovino establecida por la R.G. 1428.
Por 120 días corridos contados a partir del 2/4/2016 se aplicará el 1% (en lugar del 6%).
La reducción de alícuota sólo se aplicará a las operaciones efectuadas con responsables inscriptos en IVA que no presenten incumplimientos como resultado de la consulta al "Archivo de Información sobre Proveedores".