DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4758
La AFIP establece que los saldos de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales de las personas humanas, correspondientes al período fiscal 2019 podrán regularizarse por el régimen de la R.G. 4057 hasta el 31 de agosto de 2020.
La citada resolución dispone un régimen de facilidades de hasta 3 cuotas con un anticipo del 25%, para la cancelación del saldo de la declaración jurada, incluidos los intereses resarcitorios desde el vencimiento de la misma hasta la fecha de presentación del plan. A los efectos de las condiciones del plan de financiación no se tendrá en cuenta el perfil de riesgo del contribuyente.
También se prorroga hasta el 31 de agosto de 2020 el plazo que había establecido la R.G. 4714 en iguales condiciones para las personas jurídicas.