9 de marzo de 2017

Ganancias. Retenciones en operaciones con tarjetas

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4011-E

La AFIP reemplazó la Resolución General (DGI) 3311, que establece el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias a comerciantes que operan con sistemas de tarjetas de crédito, compras y/o débito.

Se establece que no estarán alcanzados por el régimen de retención las Micro Empresas del sector comercio -inscriptas en el "REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES" y con el "Certificado MiPyME" vigente-  por sus operaciones de venta de bienes muebles que resulten alcanzadas por el beneficio de reintegro del IVA dispuesto por la Ley 27.253.

Se reduce al 0,50% la retención para los responsables inscriptos en IVA en las operaciones con tarjetas de débito, manteniéndose en el 1% para el resto de las operaciones; y el 2% para los sujetos exentos o no alcanzados por el IVA.