DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4363
La AFIP prorrogó el vencimiento para las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias Personas Jurídicas cuyos vencimientos originales operaron los días 13, 14 y 17 de diciembre.
La presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, el pago del saldo resultante, serán considerados como efectuados en término hasta el 21 de diciembre.
La prórroga es consecuencia de inconvenientes en el funcionamiento del aplicativo, los cuales ya se encuentran resueltos en la última release.
Quienes hayan presentado las declaraciones juradas con la alícuota del 30%, deberán presentar una rectificativa e ingresar la diferencia resultante, hasta el día 21 de diciembre.