12 de diciembre de 2018

Incobrables de escasa significación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4358

La AFIP elevó a $ 45.000.- el importe máximo hasta el cual los créditos morosos pueden ser considerados de escasa significación a los efectos de su deducción de las rentas de tercera categoría en el Impuesto a las Ganancias.

La norma resulta de aplicación para los ejercicios cuyos cierres se produzcan a partir del 13/12/2018.