11 de junio de 2026

Promoción del empleo registrado. Implementación


DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5862

ARCA definió los requisitos, plazos y condiciones para la adhesión al régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), establecido por el Título XXII de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

El régimen prevé la regularización de las relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, iniciadas hasta el día 5 de marzo de 2026, inclusive, y vigentes a la fecha de adhesión.

Podrán regularizarse obligaciones por relaciones laborales no registradas, aquellas en las que se hubiere indicado una fecha de inicio posterior a la real y/o una remuneración inferior a la efectivamente percibida por el trabajador.

La regularización deberá efectuarse hasta el 28 de noviembre de 2026, inclusive, y podrá alcanzar las obligaciones devengadas hasta el período octubre de 2026, inclusive.

Los empleadores deberán presentar, las declaraciones juradas originales o rectificativas de los períodos fiscales que se regularicen. El sistema “Declaración en Línea” efectuará en forma automática el cálculo del porcentaje de condonación que corresponda, según se trate de Micro y Pequeñas Empresas y entidades sin fines de lucro (90%), Medianas Empresas (80%), o demás empleadores (70%).

La cancelación de la deuda no condonada podrá abonarse de contado, con una reducción del 50%, o mediante un plan de facilidades de hasta 72 cuotas para Micro y Pequeñas Empresas y Entidades sin fines de lucro; hasta 48 cuotas para Medianas Empresas Tramo 1 y 2; y hasta 36 cuotas para los demás empleadores.

La adhesión se hará por el sistema “Mis Facilidades”, opción “Ley Nº 27802 - Régimen de Regularización Promoción del Empleo Registrado”.

Los sistemas se encontrarán disponibles desde el día 16 de junio de 2026.

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